viernes, 9 de abril de 2010

Políticas Ambientales



La política ambiental es el conjunto de los esfuerzos políticos para conservar las bases naturales de la vida humana y conseguir un desarrollo sostenible.
Políticas ambientales en Venezuela

Desde 1999, por primera vez en la constitución se incluyeron derechos ambientales y también se crearon leyes como la Ley Orgánica del Ambiente y la Ley Penal del Ambiente.
Derechos Ambientales en la Constitución:
"Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y de mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética, los procesos ecológicos, los parque nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia. Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley. " Artículo 127 de la Constitución Nacional"
"El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento." Artículo 128 de la Constitición Nacional.
"Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y sociocultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas. En los contratos que la República celebre con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, o en los permisos que se otorguen, que involucren los recursos naturales, se considerará incluida aun cuando no estuviera expresa, la obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la tecnología y la transferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas y restablecer el ambiente a su estado natural si éste resultara alterado, en los términos que fije la ley." Artículo 129 de la Constitución Nacional.
En resumen estos artículos plantean que es un deber de todos los ciudadanos y del estado la protección del ambiente y sus recursos, y que todos los venezolanos tenemos el derecho de vivir en un ambiente ecolgimente sano y seguro. Además establecen que las realidades ecológicas serán un criterio para el ordenamiento territorial.





Ley Orgánica del Ambiente: esta ley tiene por objetivo establecer las normas para la gestión del medio ambiente y lograr un desarrollo ecológimente sustentable para el bien de la nación y la humanidad. Esta ley fue publicada en Gaceta Oficial Númro 5833 el 22 de diciembre de 2006
Ley Penal del Ambiente: esta ley tiene por objetivo establecer ciertas acciones que violen el las disposiciones y regulaciones relativas al medio ambiente y establecer su sanción penal. Esta ley fue publicada en Gaceta Oficial Número 4358 el 3 de enero de 1992.

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